Por primera vez en la historia de la
industria petrolera colombiana, con solo el antecedente sobre minería en
el municipio de Piedras (Tolima), el pueblo se manifestará libre,
directa y democráticamente sobre la exploración y explotación de
hidrocarburos en el municipio de Tauramena (Casanare), gracias al aval
que dio el Tribunal Administrativo de dicho Departamento en su examen de
constitucionalidad a la consulta popular que pretende convocar su
alcalde, haciendo uso del mecanismo de participación ciudadana
contemplado en el artículo 105 de la Constitución Política.
En particular la consulta popular, que
posiblemente se realice el próximo 8 de diciembre, será sobre la
exploración y explotación de hidrocarburos en el bloque ODISEA, una zona
declarada por el Concejo Municipal como reserva hídrica por ser la
fuente de agua para ese y otros 4 municipios. La pregunta que se
someterá a consideración del pueblo en Tauramena será: “¿está usted de
acuerdo con que se ejecuten actividades de exploración sísmica,
perforación exploratoria, producción y transporte de hidrocarburos, en
las veredas San José, Monserrate Alto, Monserrate la Vega, Guafal del
Caja, Bendiciones, Visinaca, Lagunitas, Aguamaco, Zambo, Oso y Jaguito,
donde se ubica la zona de recarga hídrica del municipio de Tauramena?”
No me imagino el impacto que generará
sobre la industria petrolera colombiana un NO ganador en esta consulta.
Discutir sobre las consecuencias amerita otra columna. Pero si vale la
pena analizar la problemática social y ambiental actual que está
generando la industria, pues para continuar con su desarrollo, los
inversionistas y las empresas operadoras y contratistas deben articular
sus actividades con buenas prácticas, propendiendo por la efectividad en
la protección del medio ambiente y más generalmente por el logro de los
objetivos constitucionales en la materia.
De lo contrario, la industria corre el
riesgo de ser paralizada por las comunidades o la justicia, pues en los
últimos años han ocurrido cientos de conflictos con las comunidades y
sendos fallos en contra, limitando o impidiendo actividades que eran
rutinarias para la industria.
Cabe destacar el fallo del mismo
Tribunal contra la empresa Cepcolsa, quien tuvo que suspender la
perforación del pozo Chirinola 1 en Aguazul (Casanare), producto de una
acción popular; la suspensión actual por más de 300 días, por bloqueo de
las comunidades, de los trabajos de perforación por parte de Ecopetrol
S.A. en el pozo Lorito 1, en el municipio de Guamal (Meta); y las multas
de miles de millones de pesos que ha tenido que pagar Ecopetrol S.A.,
Petrominerales, Occidental de Colombia, entre otras compañías
operadoras; todas relacionadas con daños a cuerpos de agua, aljibes,
acuíferos y nacederos, como consecuencia de actividades como la sísmica
con explosivos, derrames y sumideros de crudo, vertimiento de aguas
residuales, reinyecciones a acuíferos potables subterráneos y, en
general, a malas prácticas de la industria que afectan el medio
ambiente.
Desde este espacio busco concientizar la
industria petrolera de generar una cultura proteccionista de las
reservas de agua superficial y subterránea de baja salinidad, buscando
la aprobación de políticas, leyes y normas que mitiguen o eviten los
impactos ambientales, tales como el cero vertimientos de aguas
residuales y su reinyección al yacimiento, y el no uso de explosivos
para la exploración sísmica en áreas de especial importancia ecológica,
por ser zonas sensibles ambientalmente por su alto nivel freático, su
riqueza hídrica o, por ser fuente activa o potencial de este recurso
natural vital.
*Ing. de Petróleos. Presidente del Orseme.
Tomado de: EL FRENTE
http://www.elfrente.com.co/el-pueblo-decidira/